SCHAFFER JORGE OSVALDO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó la incorporación de ciertos suplementos al haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, confirmando que los suplementos deben reflejarse en los haberes pasivos, pero revocando el plazo para poner al pago el haber reajustado.
El actor, Jorge Osvaldo Schaffer, demandó al Ministerio de Seguridad y otro, reclamando la incorporación en su haber de retiro de los suplementos creados por el Decreto 2140/13 y sus actualizaciones. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. En apelación, la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó que los suplementos revisten carácter remunerativo y deben reflejarse en los haberes pasivos, de acuerdo a la jurisprudencia del máximo tribunal. Sin embargo, revocó la orden de pagar el haber reajustado en 90 días, entendiendo que dicha obligación queda comprendida en las normas presupuestarias vigentes, debiendo activarse los mecanismos conducentes a su efectiva cancelación luego de aprobada la liquidación. Por el contrario, desestimó el agravio respecto a la aplicación del art. 68 de la Ley 11.672 sobre el procedimiento de pago de créditos resultantes de sentencias judiciales. Finalmente, confirmó la imposición de costas por su orden en la alzada.
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