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BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ MANSILLA, EDGARDO ANTONIO s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

El Banco de la Nación Argentina apeló la declaración de incompetencia del juzgado federal para entender en la demanda por cobro de pesos. La Cámara confirmó la remisión de las actuaciones al juzgado competente en el domicilio del consumidor demandado.

Relacion de consumo Competencia territorial Ley de defensa del consumidor Cobro de pesos Domicilio del consumidor Incompetencia de oficio


- Actor: Banco de la Nación Argentina
- Demandado: Edgardo Antonio Mansilla
- Objeto: Cobro de pesos/sumas de dinero
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la declaración de incompetencia del juzgado federal para entender en la causa, ordenando la remisión a la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán. Fundamentos:
- El origen de las sumas reclamadas se vincula con una relación de consumo, y el domicilio del demandado no corresponde a la jurisdicción, por lo que resulta aplicable el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece la competencia del tribunal del domicilio real del consumidor.
- Si bien los magistrados carecen de facultades para declarar de oficio su incompetencia territorial en asuntos patrimoniales, el carácter de orden público de la norma del consumidor impone dar primacía a esta regla de competencia.

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