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ESPINDOLA, DANIEL c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Jubilación por invalidez: La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la denegación del beneficio y lo otorgó.

Pericia medica Incapacidad permanente Seguridad social Cuerpo medico forense Jubilacion por invalidez

Jubilación por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central que había denegado la jubilación por invalidez, y declaró que el peticionante se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta un porcentaje de incapacidad del 72.48% por diversas patologías, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241.
- El informe médico pericial realizado por el Cuerpo Médico Forense reúne los recaudos necesarios, es fundado, determina con certeza el estado de salud y valora objetivamente las constancias médicas.
- Las alegaciones del organismo administrativo no lograron rebatir científicamente los fundamentos de la pericia médica.

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