YARYEZ, RAUL AMILCAR c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986
Jubilado logra mantener su afiliación a prepaga después de jubilatoria. La Cámara Federal confirma la decisión de primera instancia que obligó a la prepaga a mantener la cobertura.
¿Quién es el actor?
Raúl Amilcar Yaryez
¿A quién se demanda?
Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo para que se declare la ilegalidad de la modificación unilateral de las condiciones de afiliación a la prepaga y se ordene restablecer el vínculo con OSDE.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de OSDE y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo. Se ordena a OSDE mantener la afiliación del amparista y su grupo familiar en el plan contratado, debiendo la ANSES transferir a OSDE el monto equivalente al costo del módulo de Régimen de Atención Médica Especial para pasivos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El registro de obras sociales para atención de jubilados otorga a los pasivos la facultad de elegir la obra social que les brinde cobertura, aun si no está inscripta en dicho registro. Esto no habilita a las entidades a desafiliar a los jubilados por ese motivo.
- Es ajustada a derecho la sentencia de primera instancia que obliga a OSDE a brindar cobertura en las mismas condiciones que cuando el actor estaba en actividad, debiendo este hacerse cargo del excedente entre la cápita y el costo del plan contratado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: