GARCIA MONTANA, EDUARDO EZEQUIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó a la ART por reconocimiento de incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó parcialmente el reclamo.
Reconocimiento de incapacidad psicológica
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que rechazó parcialmente el reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La normativa establece que las enfermedades psicopatológicas no son motivo de resarcimiento, salvo algunas excepciones que no se configuran en este caso.
- Existe una razonable proporcionalidad esperable entre el daño físico y el daño psicológico. Las secuelas físicas sufridas por el actor (6% de incapacidad) no resultan idóneas para producir el daño psicológico determinado por la perita (5% de incapacidad).
- Los dictámenes periciales no revisten carácter de prueba legal y pueden ser valorados por los jueces según las reglas de la sana crítica.
- En cuanto a la actualización de la indemnización, se declaró la inconstitucionalidad de los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la ley 24.557, debiendo adicionarse al crédito del actor el CER desde la fecha de exigibilidad.
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