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ELGART, HECTOR CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó la actualización de los haberes con un índice combinado de IPC y RIPTE.

Inconstitucionalidad Ipc Impuesto a las ganancias Reajuste de haberes Ripte Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 27.426

Reajustes varios en su haber previsional

¿Qué se resolvió?


- Se rechaza el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.426.
- Se ordena a ANSES integrar el haber de diciembre 2020 con la diferencia entre lo percibido y el 42,13% que correspondía por la ley 27.426.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022.
- Se ordena actualizar los haberes trimestralmente desde marzo 2022 con un índice combinado 50% IPC y 50% RIPTE, hasta marzo 2024.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c) de la ley 20.628.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha señalado que la movilidad previsional es una garantía constitucional que debe ser reglamentada por el legislador, pero cuyo cumplimiento práctico debe ser revisado por el Poder Judicial.
- La fórmula de la ley 27.609, si bien formal y sustancialmente válida, generó en la práctica una acusada pérdida del poder adquisitivo de los haberes, por lo que corresponde declararla inconstitucional a partir de 2022.
- En su lugar, se ordena aplicar un índice combinado de IPC y RIPTE, por ser más representativo de la variación de los precios y salarios.

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