NIXDORFF CELINA MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia, ordenando el reajuste del haber de acuerdo a la aplicación de la ley de movilidad suspendida.
¿Quién es el actor?
Celina Mercedes Nixdorff
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de prestación previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, declarando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y ordenando el reajuste del haber previsional de la actora a partir de enero 2021 según la ley de movilidad suspendida, y desde marzo 2021 en adelante aplicando la nueva ley 27.609.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La Cámara consideró que no corresponde limitar la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada de adquisición del beneficio.
- Respecto al art. 2 de la ley 27.426, la Cámara declaró su inconstitucionalidad, conforme a sus pronunciamientos previos en casos similares.
- En relación a la ley 27.541 y decretos dictados, la Cámara ordenó el reajuste del haber previsional de la actora, abonando las diferencias entre lo percibido bajo la suspensión de la ley de movilidad y lo que le hubiera correspondido de aplicarse dicha ley, para los meses de enero y febrero 2021, y a partir de marzo 2021 aplicando la nueva ley 27.609.
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