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A., F. D. c/ OSFATLYF s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la obra social por falta de cobertura de tratamiento médico. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social pagar las costas del juicio.

Costas Obra social Cobertura medica Vencimiento Amparo


¿Quién es el actor?

F. D. A.

¿A quién se demanda?

OBRA SOCIAL DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA (OSFALTYF)
- Objeto de la demanda: Cobertura médica integral para el tratamiento de diabetes mellitus tipo II

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia en cuanto a la imposición de costas, y ordenó que las mismas sean soportadas por la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal señaló que, como regla general, las costas deben imponerse a la parte vencida, ya que quien origina la necesidad del proceso debe asumir los gastos.
- En este caso, fue la conducta de la demandada la que motivó el reclamo judicial, por lo que corresponde que asuma las costas.
- La doctrina ha establecido que se debe evitar que la necesidad de recurrir a la justicia para la defensa de un derecho se convierta en un daño para quien se ve obligado a accionar.

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