A; N. F. c/ OBRA SOCIAL UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El actor reclamó mantener la afiliación a su obra social de origen tras obtener la jubilación. La Cámara Federal de Apelaciones revocó la sentencia y ordenó a la obra social restablecer la afiliación del actor y su cónyuge.
Mantener afiliación a obra social de origen tras obtener jubilación, sin pagar cuotas adicionales
¿Qué se resolvió?
Se revoca sentencia de primera instancia y se ordena a la obra social restablecer la afiliación del actor y su cónyuge
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La creación del INSSJP no implica transferencia automática de afiliados jubilados, sino que requiere opción voluntaria. La obra social actuó arbitrariamente al impedir al actor ejercer su derecho de opción. El derecho a la salud está amparado por un marco constitucional.
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