REYES, PATRICIA JULIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
La actora promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia y rechazó la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones.
¿Quién es el actor?
Patricia Julia Reyes
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Consideró que correspondía aplicar el índice previsto en el art. 3 de la Ley 27.426 (índice combinado RIPTE e ISBIC) para la actualización de las remuneraciones, en lugar del ISBIC ordenado en primera instancia. Rechazó los cuestionamientos a la movilidad dispuesta por las normas de emergencia y a la tasa de interés aplicable.
Fundamentos principales:
- La fecha de adquisición del derecho (agosto 2019) implica que el caso se encuentra regido por el art. 3 de la Ley 27.426, que establece el índice combinado RIPTE-ISBIC para la actualización de remuneraciones.
- La actora no alegó que no se le hayan aplicado adecuadamente los coeficientes de esa norma reglamentada por la Resolución 10/2018 de la Secretaría de Seguridad Social.
- Los cuestionamientos a la validez del sistema de movilidad introducido por las Leyes 27.426, 27.451 y decretos, no encuentran sustento suficiente para declarar su inconstitucionalidad, según lo resuelto por esta Cámara en "Cedola".
- Corresponde aplicar la tasa pasiva del BCRA, de acuerdo a la doctrina de la CSJN en "Spitale".
- La impugnación del Impuesto a las Ganancias debe rechazarse por falta de legitimación pasiva de la ANSES.
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