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D GIUSTI, LUCAS OMAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto indemnizatorio al no considerarse la incapacidad psicológica.

Nexo causal Calculo indemnizatorio Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente in itinere Congruencia

Indemnización por incapacidad derivada de accidente in itinere
- Decisión:
- La Cámara modificó la sentencia de primera instancia al considerar que la incapacidad del 8% en la rodilla izquierda excedía el reclamo del actor, por lo que debía ser excluida.
- Respecto a la incapacidad psicológica del 10%, la Cámara consideró que no había prueba suficiente para acreditarla, por lo que también debía ser excluida.
- En consecuencia, la incapacidad a indemnizar se redujo al 8,07%, que incluye un 8% por la lesión en la rodilla derecha y un 0,07% por el factor de edad.
- El monto de la indemnización se fijó en $1.858.773,12.
- Se impusieron las costas de alzada al actor.

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