MIÑO, ADRIAN MAXIMILIANO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó una indemnización por daños derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el monto indemnizatorio por incapacidad, dejando sin efecto la tasa de interés aplicada.
Indemnización por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad física al 2,34% y dejando sin efecto la tasa de interés del 6% anual dispuesta, aplicando en su lugar la tasa prevista en la normativa especial (Ley 24.557). La Cámara consideró que la pericia médica no se encontraba debidamente fundada en cuanto a la incapacidad psicológica determinada, por lo que la dejó sin efecto. Respecto a la incapacidad física, la Cámara mantuvo el 2% fijado en primera instancia, aplicando adicionalmente los factores de ponderación determinados por la perito, lo que arrojó una incapacidad del 2,34%. En relación a la tasa de interés, la Cámara entendió que correspondía aplicar la tasa prevista en el art. 12 de la Ley 24.557, con la modificación introducida por el Decreto 669/2019, que establece la actualización por el índice RIPTE, considerando que esa tasa resulta más favorable al trabajador en el caso concreto.
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