CUBA, EDGARDO SAMUEL c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió reclamo por reconocimiento de incapacidad laboral definitiva. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y determinó que el capital de condena se calcule conforme a las pautas establecidas.
Reconocimiento de incapacidad laboral definitiva
- Decisión: La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y determina que el capital de condena se calcule aplicando el coeficiente RIPTE, más un interés del 6% anual, y a partir de la liquidación del art. 132 LO, un interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación. Confirma la imposición de costas y honorarios de primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara considera que las Actas de la CNAT no son vinculantes y queda a criterio de los magistrados su aplicación.
- Rechaza la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019 por considerarlo inconstitucional, al no verificarse razones de genuina necesidad y urgencia.
- Propone alternativas de cálculo en función de la época del hecho generador del crédito, sin aplicar capitalización anual.
- Adhiere finalmente al criterio mayoritario de la Sala, que convalida la constitucionalidad del DNU 669/2019, por razones de celeridad y economía procesal.
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