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BERISSO, MARIO NICOLAS c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció una nueva metodología para el cálculo de intereses.

Incapacidad psicofisica Accidente de trabajo Calculo de intereses Inconstitucionalidad decreto 669/19

Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la incapacidad psicofísica determinada y el cálculo del IBM, pero modificando el cálculo de intereses. Dispuso que los intereses moratorios se calculen aplicando exclusivamente el CER desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del Decreto 669/19. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la existencia del accidente y su reconocimiento por la ART no generaba controversia, por lo que la cobertura del siniestro estaba acreditada.
- Respecto a la incapacidad psicofísica, la Cámara entendió que el informe pericial médico resultaba serio y acreditaba debidamente la incapacidad, sin que la ART haya logrado demostrar arbitrariedad o error en dicha pericia.
- En relación a los intereses, la Cámara aplicó el criterio sostenido en fallos anteriores, disponiendo el cálculo con el CER desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago, y declarando la inconstitucionalidad de la aplicación del Decreto 669/19.

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