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LOMBARDO, GISELA MARIANA c/ GALICIA SEGUROS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido indirecto contra su empleadora y otra empresa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a las pretensiones indemnizatorias.

Costas Prueba testimonial Solidaridad Despido indirecto Art. 29 lct Certificados art. 80 lct


¿Quién es el actor?

Gisela Mariana Lombardo
- Demandados: Galicia Seguros S.A. y Benefits S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a las pretensiones indemnizatorias. Consideró acreditada la relación laboral entre la actora y Galicia Seguros S.A. bajo la figura de la solidaridad prevista en el art. 29 LCT, por lo que el despido indirecto fue considerado ajustado a derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la prueba testimonial y consideró que las declaraciones de los testigos fueron convictivas y no se evidenciaron faltas a la verdad. Entendió que la sentenciante de grado realizó una correcta valoración de los hechos y del derecho aplicable. Respecto a la condena a la entrega de certificados previstos en el art. 80 LCT, consideró que debe recaer sobre Galicia Seguros S.A. por ser la empleadora real. Confirmó también la imposición de costas en el orden causado.

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