GROSSI, SERGIO ENZO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó actualizar el monto indemnizatorio según el decreto 669/19.
Cobro de prestaciones por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el capital de condena se actualice según lo establecido en el decreto 669/19, que prevé la actualización por variación del índice RIPTE. Además, dispuso el pago de un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente y hasta la liquidación.
Los principales fundamentos fueron:
- El decreto 669/19 resulta aplicable en casos como el presente, ya que mejora las prestaciones.
- El mecanismo de actualización por RIPTE previsto en el decreto 669/19 permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal, correspondiente a la noción de "deudas de valor".
- La aplicación de una tasa bancaria para el cálculo de intereses no es apropiada cuando el monto de condena se calcula a valores actualizados, por lo que corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual.
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