ROSSO MIRTA SUSANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La beneficiaria cuestionó el cálculo de su haber previsional. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad del decreto que regulaba el índice de actualización.
¿Quién es el actor?
ROSSO MIRTA SUSANA
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cálculo del haber previsional de la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 que regulaba el índice de actualización, aplicando en su lugar los criterios establecidos por la Corte Suprema en los precedentes "Blanco", "Quiroga" y "Sandoval". Ordenó la actualización de las remuneraciones de acuerdo a las pautas fijadas. Difirió para la etapa de ejecución de sentencia el análisis sobre la aplicación de los artículos 9 de la Ley 24.463 y 26 de la Ley 24.241, así como lo relativo a los topes establecidos por la Resolución SSS 6/2009. Impuso las costas por su orden en ambas instancias.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La Corte Suprema estableció que la determinación del índice de actualización no puede considerarse incluida dentro de las atribuciones de la ANSES ni de la Secretaría de la Seguridad Social, por lo que el Decreto 807/2016 es inconstitucional.
- Corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción -personal no calificado
- hasta el 28/02/2009 y luego la pauta de actualización fijada por la Ley 26.417.
- El análisis del artículo 9 de la Ley 24.463 y del artículo 26 de la Ley 24.241 debe diferirse para el momento de ejecución de sentencia.
- Respecto a los topes de la Resolución SSS 6/2009, también se difiere su análisis para la etapa de ejecución.
- En cuanto a la exención del pago del impuesto a las ganancias, se aplica el criterio de la Corte Suprema que considera que la mera utilización de la capacidad contributiva no es suficiente, debiendo tenerse en cuenta la vulnerabilidad de los jubilados.
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