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PALASI, TOMAS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la decisión de primera instancia que aprobó la liquidación de intereses adeudados al actor.

Intereses Ejecucion Liquidacion Aprobacion Procedimiento presupuestario Error de calculo.

Cobro de intereses adeudados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la resolución de primera instancia que aprobó la liquidación de intereses por $710.346,40.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que, de acuerdo a la doctrina de la Corte Suprema, los intereses moratorios deben computarse hasta la efectiva cancelación del crédito para satisfacer su integridad, no pudiendo reputarse como pago el mero inicio del procedimiento para la previsión presupuestaria. Asimismo, en virtud de la doctrina de la CSJN sobre la facultad de los jueces de rectificar errores aritméticos, la aprobación de la liquidación solo procede en cuanto hubiere lugar por derecho, sin que la conformidad de las partes obligue al juez a un determinado obrar.

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