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OBRA SOCIAL DEL PERSONAL NAVAL c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION ARGENTINA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

Obra social discute resolución que derivaba aportes de afiliados a otras entidades. Cámara resuelve que el reclamo es competencia de la Justicia Civil y Comercial Federal.

Obra social Competencia Sistema de salud Derivacion de aportes Fuero civil y comercial federal Contencioso administrativo


¿Quién es el actor?

Obra Social del Personal Naval

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Salud y Superintendencia de Servicios de Salud

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnar resolución UGA 1/2025 que disponía la derivación directa de aportes de trabajadores a entidades contratadas por los beneficiarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal determina que la competencia corresponde a la Justicia Civil y Comercial Federal, ya que se trata de analizar la normativa y principios del sistema de salud, y no una cuestión de derecho administrativo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El análisis y resolución del reclamo remite a la interpretación y aplicación del ordenamiento normativo que rige el Sistema Nacional del Servicios de Salud y la derivación de aportes, lo cual corresponde al fuero Civil y Comercial Federal.
- No es necesario acudir a principios y normas de derecho público propias del Derecho Administrativo.
- El objeto de la demanda no constituye una causa contencioso administrativa que determine la competencia de este fuero.

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