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OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (OSECAC) c/ EN-M ECONOMIA (EX 22517127/22 - CDIM 36432946/23) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

La Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) interpuso recurso directo contra la multa impuesta por la COPREC. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró inadmisible el recurso por falta de pago previo de la multa.

Multa Consumidor Inadmisibilidad Recurso directo Incomparecencia Pago previo.


¿Quién es el actor?

Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra multa impuesta por la COPREC

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró inadmisible el recurso directo interpuesto por OSECAC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, mediante el dictamen del 22/4/25, el Sr. Fiscal General que interviene ante esta Cámara entendió que el recurso resultaba formalmente inadmisible, de acuerdo a que, al momento de su presentación, el art. 60 de la ley 26.993, modificatorio del art. 45 de la ley 24.240, se encontraba vigente y ordenaba el "pago previo" de la sanción como presupuesto necesario para la interposición de la apelación." "Que, el Tribunal hace suyas las conclusiones sostenidas por el Ministerio Público Fiscal en su dictamen para considerar la inadmisibilidad formal del recurso de autos, como consecuencia de la falta del pago previo de la multa."

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