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ANLIS DR CARLOS G MALBRAN c/ J J GONZALEZ SA-DISP 1639/23 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Rechazo de la apelación contra la decisión que denegó notificar la demanda por carta documento, confirmando que la notificación del traslado de la demanda debe hacerse únicamente por cédula o acta notarial.

Derecho de defensa Notificacion Acta notarial Traslado de demanda Notificacion personal Cedula Formalidad.


¿Quién es el actor?

ANLIS DR CARLOS G MALBRAN

¿A quién se demanda?

J J GONZALEZ SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El actor promovió demanda y solicitó autorización para notificar la demanda por carta documento, la cual fue rechazada en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la apelación, señalando que el Código Procesal Civil y Comercial establece que la notificación del traslado de la demanda debe efectuarse únicamente por cédula o acta notarial, no admitiendo otros medios de notificación, aun cuando puedan existir dificultades o demoras en la tramitación de las cédulas. El tribunal resaltó la importancia de garantizar el debido conocimiento de la demanda por el demandado y el adecuado ejercicio de su derecho de defensa.

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