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MEDINA CARINA ESTER c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra ANSES para reclamar que se le abone la diferencia entre su renta vitalicia previsional en moneda extranjera y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Carina Ester Medina promovió una acción de amparo contra la ANSES reclamando que se le abone la diferencia entre la renta vitalicia previsional en moneda extranjera que percibe y el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo. Los principales fundamentos fueron:
- El derecho fundamental violado de la actora surge del art. 14 bis de la Constitución Nacional, de obtener una jubilación digna que le permita subsistir.
- La ley 26.425 estableció la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un régimen previsional público, eliminando el régimen de capitalización, por lo que la ANSES se subrogó en las obligaciones de las AFJP.
- El art. 125 de la ley 24.241 garantiza a los beneficiarios del sistema el haber mínimo, sin hacer distinciones entre quienes provenían del régimen de reparto o de capitalización. Sostener lo contrario implicaría una discriminación arbitraria e insostenible.
- La objeción de la falta de componente público para el reconocimiento del haber mínimo fue desestimada, ya que con la unificación del sistema, el Estado asume la obligación de abonar la prestación en un marco de equidad y justicia.

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