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ACOSTA LILIANA ELIZABETH c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda por otorgamiento de pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al organismo previsional otorgar el beneficio solicitado.

Seguridad social Pension Interpretacion favorable Solidaridad previsional Derecho alimentario.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Liliana Elizabeth Acosta demandó al ANSES por el otorgamiento del beneficio de pensión. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda. La ANSES apeló la sentencia argumentando que la historia laboral del causante no encuadraba en el decreto reglamentario 460/99 y que el otorgamiento del beneficio afectaría el equilibrio y sustentabilidad del sistema previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada. Consideró que el causante tenía la suficiente solidaridad con el sistema previsional, por lo que correspondía reconocerle el derecho a la pensión solicitada. Citó precedentes de la CSJN que establecen que la interpretación de las leyes previsionales debe hacerse de modo de no negar los fines superiores que persiguen, dada la naturaleza alimentaria y protectora de los beneficios, y que solo corresponde desconocerlos con extrema cautela. Respecto al plazo de 30 días para el cumplimiento de la sentencia, la Cámara consideró que al tratarse de una revocación de un acto administrativo denegatorio y no del cobro de sumas de dinero, no resultaba aplicable el plazo previsto en el art. 22 de la Ley 24.463. Finalmente, confirmó la imposición de costas a la demandada vencida.

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