NUÑEZ SILVIA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, aplicando diversas metodologías de actualización de remuneraciones.
¿Quién es el actor?
Silvia Lucía Núñez
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 deben actualizarse por el ISBIC, mientras que para el período posterior rige la actualización por RIPTE conforme a la Ley 27.426. Confirmó lo resuelto sobre los servicios autónomos y el diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para el período anterior a febrero de 2009, corresponde aplicar el ISBIC en vez del RIPTE a fin de evitar una disminución confiscatoria y regresiva del haber.
- Respecto a los servicios autónomos, corresponde aplicar la metodología fijada en los precedentes "Lichtenstein" y "Haddad".
- El diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 se funda en que debe analizarse en la etapa de ejecución, cuando se pueda constatar si existe un perjuicio concreto.
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