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PEIRO NORBERTO EMILIO S/ QUIEBRA c/ MARÍA LAUA AVILA PEIRO MARIA SOLEDAD Y PEIRO MARIA JIMENA s/ORDINARIO

El síndico en la quiebra de Norberto Emilio Peiró promovió demanda de inoponibilidad de donaciones realizadas por el fallido en fraude a sus acreedores. La Cámara Comercial confirmó la decisión que declaró inoponibles dichas donaciones.

Donacion Inoponibilidad Insolvencia Quiebra Accion pauliana Fraude a los acreedores


¿Quién es el actor?

Síndico de la quiebra de Norberto Emilio Peiró
- Demandados: Norberto Emilio Peiró; María Soledad Peiró; María Jimena Peiró

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar inoponibles las donaciones realizadas por el fallido Norberto Emilio Peiró a sus hijas luego de la fecha de cesación de pagos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, declarando inoponibles las donaciones realizadas por el fallido a sus hijas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El fallido Norberto Emilio Peiró se encontraba en estado de insolvencia al momento de realizar las donaciones a sus hijas, lo cual quedó acreditado.
- Las donaciones fueron realizadas con posterioridad a la fecha de cesación de pagos, generando un perjuicio a los acreedores verificados en la quiebra.
- El crédito por honorarios del acreedor Liceda que motivó el pedido de quiebra era anterior a las donaciones.
- Se presumió el conocimiento del estado de insolvencia por parte de las hijas del fallido, al tratarse de actos a título gratuito.

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