PARROTTA MARIA ASUNCION c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La demandante reclamó reajustes en su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, diferiendo el tratamiento de algunos aspectos para la etapa de ejecución.
Reajustes en el haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmando lo resuelto en primera instancia respecto del recálculo del haber inicial, pero difiriendo para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios sobre aplicación de topes. También confirmó lo decidido sobre costas.
- Principales fundamentos:
- Ratificó el criterio de computar el total de categorías aportadas, aun cuando el régimen aplicable era el de la ley 18.038, criterio avalado por la CSJN.
- Difirió el tratamiento de la determinación del valor de la Prestación Básica Universal para la etapa procesal oportuna.
- Respecto de las costas, las estableció a la vencida conforme al art. 68 del CPCCN, o en el orden causado según lo dispuesto en el art. 36 de la ley 27.423, según corresponda de acuerdo a los resultados de la liquidación.
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