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ATENCIO, JORGE ALEJANDRO c/ OSPOCE Y OTRO s/PRESTACIONES MEDICAS

El actor promovió demanda por cobertura médica de terapia respiratoria CPAP. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que ordenó a las obras sociales brindar la cobertura integral solicitada.

Medicina prepaga Derecho a la salud Cobertura medica Programa medico obligatorio (pmo) Terapia respiratoria cpap


¿Quién es el actor?

Jorge Alejandro Atencio
- Demandados: OSPOCE y OMINT S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitar cobertura total e integral (100%) de terapia respiratoria CPAP

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó a las obras sociales brindar la cobertura integral de la terapia respiratoria CPAP solicitada por el actor. Fundamentos principales:
- Si bien el Programa Médico Obligatorio (PMO) no prevé expresamente la cobertura integral de la terapia CPAP, ello no implica una limitación para los agentes del seguro de salud, ya que el PMO establece una cobertura mínima obligatoria.
- La aplicación e interpretación de la ley que regula el contrato de medicina prepaga debe efectuarse conforme al principio de que el derecho a la salud tiene supremacía constitucional.
- Cuando el cumplimiento de las prestaciones obligatorias fuere insuficiente para garantizar el derecho a la salud, corresponde extender la cobertura a cargo de la obra social o empresa de medicina prepaga, ya que la incidencia del mayor costo no puede primar sobre el derecho a la salud.
- El actor acreditó su imposibilidad económica de afrontar el 50% de cobertura ofrecido por OMINT, por lo que corresponde ordenar la cobertura integral.

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