GOMEZ, HILDA GLADYS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La ANSES apeló la sentencia que ordenó el reajuste del haber previsional de la actora. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la decisión de primera instancia y mantuvo la aplicación del índice ISBIC para la actualización de las remuneraciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Hilda Gladys Gómez, reclamó el reajuste de su pensión por invalidez obtenida conforme la Ley 24.241. La ANSES apeló la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó el reajuste del haber de acuerdo a lo señalado. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia apelada. Señaló que la cuestión de la aplicación del índice ISBIC en lugar del RIPTE, solicitada por la ANSES, ya había sido analizada y resuelta en diversos precedentes jurisprudenciales previos de la misma Alzada, en los que se concluyó que correspondía aplicar el criterio establecido por la CSJN en el fallo "Elliff" para la actualización de las remuneraciones, independientemente de que se trate de un beneficio de jubilación ordinaria o de retiro por invalidez. Por último, en cuanto a las costas, el tribunal dispuso imponerlas a la ANSES, en virtud de la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 y de acuerdo a lo normado en el art. 36 de la Ley 27.423.
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