ASSELBON, PEDRO MATIAS c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia sobre incapacidad laboral y actualización de la condena. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ordenó actualizar el capital de condena conforme a parámetros legales.
Recurso Ley 27348 (Accidente de Trabajo)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el fallo de primera instancia, pero ordenó actualizar el capital de condena conforme el índice RIPTE con más un interés del 6% anual no capitalizable hasta la fecha de la liquidación. Luego, deberá aplicarse el interés establecido en el art. 12 de la Ley 24.557 (según texto del DNU 669/2019). También dejó sin efecto lo decidido en materia de costas y reguló nuevos honorarios.
Los jueces consideraron que:
- El informe pericial médico tiene valor probatorio relevante y el juez no puede apartarse de sus conclusiones sin fundamentos objetivos.
- El factor edad debe incorporarse a la incapacidad base para obtener el porcentaje final de incapacidad.
- Procede la actualización del crédito laboral por inflación, aplicando el índice RIPTE más un interés del 6% anual no capitalizable hasta la liquidación, y luego el interés legal previsto en la Ley 24.557.
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