MEZA, GISELA BEATRIZ c/ BARTUCCELLI, MIGUEL ANGEL Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido sin justa causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios al considerar que el despido fue injustificado.
Indemnizaciones por despido sin justa causa
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido fue injustificado ya que la comunicación de despido no cumplía con los requisitos de claridad y precisión exigidos. Condenó a los demandados al pago de las indemnizaciones correspondientes, incluyendo el incremento previsto por el Decreto 34/2019. También confirmó la responsabilidad solidaria de la codemandada Servicio Electrónico de Pago S.A. en virtud del art. 30 LCT.
Principales fundamentos:
- La comunicación de despido fue vaga y genérica, sin identificar hechos concretos que justificaran el distracto.
- No se acreditaron en autos las supuestas inconductas invocadas por el empleador.
- Corresponde aplicar el incremento indemnizatorio del Decreto 34/2019 al haberse intimado el pago y no haber sido satisfecho.
- Procede la responsabilidad solidaria de SEPSA ya que la actora desarrollaba tareas esenciales para el giro de dicha empresa.
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