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MEZA, GISELA BEATRIZ c/ BARTUCCELLI, MIGUEL ANGEL Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido sin justa causa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios al considerar que el despido fue injustificado.

Responsabilidad solidaria Despido Incremento indemnizatorio Indemnizaciones Integracion funcional Actividad normal y especifica.

Indemnizaciones por despido sin justa causa

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que el despido fue injustificado ya que la comunicación de despido no cumplía con los requisitos de claridad y precisión exigidos. Condenó a los demandados al pago de las indemnizaciones correspondientes, incluyendo el incremento previsto por el Decreto 34/2019. También confirmó la responsabilidad solidaria de la codemandada Servicio Electrónico de Pago S.A. en virtud del art. 30 LCT. Principales fundamentos:
- La comunicación de despido fue vaga y genérica, sin identificar hechos concretos que justificaran el distracto.
- No se acreditaron en autos las supuestas inconductas invocadas por el empleador.
- Corresponde aplicar el incremento indemnizatorio del Decreto 34/2019 al haberse intimado el pago y no haber sido satisfecho.
- Procede la responsabilidad solidaria de SEPSA ya que la actora desarrollaba tareas esenciales para el giro de dicha empresa.

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