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VILLAR NOEMI ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor cuestionó la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y el cálculo de la movilidad de su haber previsional. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y difirió el análisis de algunos planteos para la etapa de ejecución.

Inconstitucionalidad Movilidad Derecho adquirido Haber previsional Ley 26.417 Ley 27.426 Retroactividad.

Cuestionamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.426 y del cálculo de la movilidad de su haber previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia. Respecto a la inconstitucionalidad de la ley 27.426, la mayoría rechazó el planteo por considerar que no afectaba derechos adquiridos, pero la Jueza Perez Tognola se pronunció en disidencia declarando su inconstitucionalidad. En cuanto al cálculo de la movilidad, la Cámara difirió su análisis para la etapa de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la reforma introducida por la ley 27.426 no afectaba derechos adquiridos del actor, ya que el derecho a la movilidad recién se hubiera incorporado a su patrimonio en marzo de 2018, con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley.
- La Jueza Perez Tognola en disidencia parcial, declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por considerar que su aplicación retroactiva tenía un carácter regresivo, afectando la movilidad dispuesta por la ley anterior.
- Respecto al cálculo de la movilidad, la Cámara difirió su análisis para la etapa de ejecución, a fin de determinar si la aplicación de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241 generaban diferencias superiores al 15%.

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