PROSPERI, ALBERTO EDUARDO c/ EN - AFIP - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor promovió demanda por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia de primera instancia y admitió parcialmente el recurso del Fisco Nacional.
¿Quién es el actor?
Alberto Eduardo Prosperi
¿A quién se demanda?
AFIP
- Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias y cese del descuento sobre el haber jubilatorio, con devolución de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del Fisco Nacional. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad y la orden de cese de la retención, pero modificó el criterio sobre el alcance del reintegro de las sumas retenidas. Estableció que los intereses deben calcularse conforme la tasa prevista en la Resolución 559/2022 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, y no la tasa pasiva del BCRA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara entendió que correspondía aplicar la doctrina establecida por la CSJN en el precedente "García, María Isabel" (Fallos: 342:411), por lo que correspondía declarar la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios. Sin embargo, modificó el criterio sobre los intereses, disponiendo que se aplique la tasa prevista en la normativa específica y no la tasa pasiva del BCRA.
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