ALBORNOZ, JUAN ISIDRO c/ AV. CORRIENTES 1612 S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajador demandó por despido, Cámara modificó sentencia y extendió responsabilidad solidaria a presidenta de sociedad empleadora.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y responsabilizó solidariamente a la Sra. Sánchez, en su carácter de presidenta de la sociedad empleadora, por los incumplimientos salariales y previsionales acreditados. Consideró que la retención indebida de aportes configura un incumplimiento contractual grave que genera responsabilidad directa de los administradores, al ser una abierta vulneración de normas de orden público.
Fundamentos principales:
- El último párrafo del art. 54 de la Ley de Sociedades permite extender la responsabilidad a los socios o controlantes cuando la sociedad encubre la consecución de fines extrasocietarios o viola la ley.
- Los arts. 274, 59 y 157 de la LSC establecen la responsabilidad personal y directa de los administradores societarios por el mal desempeño de sus funciones, sin necesidad de descorrer el velo societario.
- La retención indebida de aportes previsionales configura un incumplimiento contractual grave que trasciende al trabajador individual y afecta a la comunidad en su conjunto, generando responsabilidad de quienes lo orquestaron.
- La presidenta Sánchez, por su posición, no podía desconocer la irregularidad del contrato de trabajo, por lo que debe responder solidariamente dentro de los límites de la relación causal adecuada.
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