SOMIGLIANA, FEDERICO EDUARDO Y OTRO c/ ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA ? A.C.A.R.A- s/DESPIDO
Los trabajadores Goñi y Somigliana promovieron demanda por despido injustificado contra la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por considerar que el despido fue injustificado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Los trabajadores Eduardo Martín Goñi y Federico Eduardo Somigliana, abogados que se desempeñaban en el Departamento de Asesoría Legal de la demandada, fueron despedidos alegando "pérdida de confianza".
- La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que la comunicación del despido no cumplía con los requisitos del art. 243 de la LCT.
- La Cámara modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios, al considerar que el despido fue injustificado. Entendió que las causales invocadas por la demandada fueron imprecisas y no lograron acreditar una injuria grave que justifique el cese. Además, consideró que los trabajadores no habían sido objeto de sanciones anteriores a pesar de su prolongada trayectoria en la asociación.
- La Cámara declaró la inconstitucionalidad del tope indemnizatorio del art. 245 LCT por considerar que afectaba el derecho de propiedad. Asimismo, ordenó actualizar los montos de condena por el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual.
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