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ARAMAYO, MARIO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su jubilación ordinaria. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó el recálculo de las prestaciones conforme a los índices judicialmente definidos.

Movilidad Retroactivos Reajuste de haberes Isbic Tope jubilatorio Jubilacion ordinaria

Reajuste de la jubilación ordinaria

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial aplicando el índice ISBIC y la ley 26.417 para la movilidad, hasta la entrada en vigencia de la ley 27.541. Se difiere el análisis de la ley 27.609. Se rechazan los agravios de ANSeS sobre la inconstitucionalidad de los topes y la fecha de cómputo de los retroactivos. Fundamentos relevantes:
- La Cámara aplicó su jurisprudencia previa sobre la actualización de remuneraciones y movilidad de haberes, coincidente con el criterio de la CSJN.
- Respecto a la PBU, se confirma diferir su recálculo para la etapa de liquidación, siguiendo precedentes de la Cámara.
- Se rechazan los agravios de ANSeS sobre la inconstitucionalidad de los topes, aplicando precedentes de la Cámara.
- No se admite el agravio sobre la fecha de cómputo de los retroactivos por no haber sido opuesto oportunamente.

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