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CHIERICO SELENE ETELVINA Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el decreto 1307/12 y sus modificatorios.

Prescripcion Seguridad social Fuerzas de seguridad Suplemento Caracter general Retiro Adicional Costas.


- Actores: Chierico Selene Etelvina y Otros
- Demandados: Ministerio de Seguridad y Otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporación en el haber de retiro del adicional previsto por el decreto 1307/12 y sus modificatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó el recurso de la parte demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los suplementos creados por el decreto 1307/12 tienen carácter general y deben incorporarse al haber de retiro, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que cuando una asignación otorgada al personal en actividad de las Fuerzas Armadas o de Seguridad revista carácter general, debe ser trasladada al haber de retiro.
- Los suplementos no reúnen las características de "particulares" ya que constituyen una parte sustancial de la retribución del personal en actividad.
- Corresponde la aplicación del plazo de prescripción de 2 años previsto en la Ley 23.627.
- Las costas se imponen a la parte demandada de conformidad con el principio del vencimiento.

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