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AGUILAR, FLORINDA ANTONIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia que ordenó recalcular el haber inicial sin la limitación temporal del ISBIC.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Reajuste Haber previsional Retroactivo Isbic Indice combinado

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES contra la sentencia de primera instancia. La Cámara Federal consideró que al haberse otorgado el beneficio previsional a la actora en septiembre de 2023, el mismo se encuentra alcanzado por la Ley N° 26.417, que establece la aplicación del índice combinado previsto en el art. 32 de la Ley N° 24.241 para la actualización de las remuneraciones devengadas a partir de su vigencia. Por lo tanto, resulta irrelevante la discusión sobre la procedencia o no del índice ISBIC. Asimismo, la Cámara confirmó que el retroactivo abonado a la actora no debe afectarse con el impuesto a las ganancias, en línea con su jurisprudencia anterior.

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