OBRA SOCIAL DE LA FEDERACION ARGENTINA DEL TRABAJADOR DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES c/ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (EX 29490930/23) s/OBRAS SOCIALES - LEY 23660 - ART 29
La Obra Social de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales recurrió la sanción de multa aplicada por la Superintendencia de Servicios de Salud por incumplimiento de reincorporar a una afiliada. La Cámara confirmó la sanción al entender que la obra social no acreditó el cumplimiento de la intimación previa.
¿Quién es el actor?
Obra Social de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (OSFATUN)
¿A quién se demanda?
Superintendencia de Servicios de Salud
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación directa contra sanción de multa aplicada por incumplimiento de reincorporar a una afiliada
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sanción de multa
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Superintendencia intimó a OSFATUN a reincorporar de inmediato a la afiliada María de los Ángeles Massa Alcántara y brindarle las prestaciones sin diferenciales por patologías preexistentes.
- OSFATUN no acreditó haber dado cumplimiento oportuno a dicha intimación, pues la documentación aportada solo mostraba consumos posteriores a la fecha de la intimación.
- Por lo tanto, el tribunal desestimó los argumentos de OSFATUN y confirmó la sanción de multa por el incumplimiento atribuido.
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