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ARNAO GONZALO Y ORTIZ MARIA EUGENIA, EN REP. DE SU HIJA MENOR A.S. c/ OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/PRESTACIONES MEDICAS

Los actores promovieron una acción de amparo para que se ordene a la obra social la cobertura integral de un tratamiento intensivo con enfoque Fonakids para su hija con discapacidad. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó a la obra social la cobertura integral de dicho tratamiento.

Obra social Discapacidad Cobertura medica Accion de amparo Tratamiento intensivo Fonakids


- Actores: Arnao Gonzalo y Ortiz María Eugenia, en representación de su hija menor A.S.

¿A quién se demanda?

OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral del tratamiento intensivo con enfoque Fonakids para su hija con discapacidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a OSDE brindar la cobertura integral del tratamiento intensivo con enfoque Fonakids. Fundamentos principales:
- La hija de los actores es beneficiaria de OSDE y posee certificado de discapacidad.
- Su médico tratante indicó que el "Tratamiento intensivo Con Enfoque FONAKIDS" es el adecuado para su patología.
- El Cuerpo Médico Forense señaló que este tipo de tratamiento es el requerido para el desarrollo de la niña.
- La ley 24.901 obliga a las obras sociales a brindar la cobertura de los tratamientos necesarios para las personas con discapacidad, incluyendo aquellos realizados por profesionales ajenos a la obra social cuando sean imprescindibles.
- No corresponde limitar la cobertura al valor del plan contratado cuando el tratamiento indicado por el médico especialista no se encuentra dentro de los prestadores de la obra social.

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