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GISBERT, MAGDALENA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora presentó demanda por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad indemnizable.

Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente in itinere Ripte

Accidente in itinere el 13/03/2018

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad indemnizable del 17,94% al 7,6% de la total obrera. Confirmó la incapacidad física del 6% pero revocó la incapacidad psíquica del 10% por falta de fundamentación. Aplicó el sistema de intereses previsto en el decreto 669/2019.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el peritaje médico sobre la incapacidad física estaba debidamente fundado, pero cuestionó la falta de fundamentación del peritaje psicológico sobre la vinculación del daño psíquico con el accidente.
- Respecto a los intereses, la Cámara entendió que correspondía aplicar el sistema previsto en el decreto 669/2019 sobre actualización por RIPTE, por resultar más favorable al trabajador.

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