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ROMERO, LEONELA MARIA DE LOS ANGELES EN LA REPRESENTACION c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PESONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La madre de un menor con discapacidad demandó a la obra social por la cobertura de acompañante terapéutico. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social brindar la prestación.

Obra social Persona con discapacidad Acompanante terapeutico Prestaciones de apoyo Ley 24.901 Cobertura.


¿Quién es el actor?

Leonela María de los Ángeles Romero, en representación de su hijo menor I.A.J.S.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico para su hijo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal rechazó el recurso de apelación de la obra social y confirmó la sentencia que ordenó brindar la cobertura de acompañante terapéutico conforme la prescripción médica, por los valores fijados por el Colegio de Acompañantes Terapéuticos de Entre Ríos. El tribunal consideró que la figura del acompañante terapéutico encuadra dentro de las "prestaciones de apoyo" previstas en la Ley 24.901, por lo que la obra social tiene la obligación de brindar dicha cobertura a sus afiliados con discapacidad. Además, confirmó la imposición de costas a la demandada y los honorarios regulados.

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