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DIAZ, CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor reclamó reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de La Plata modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenó aplicar el índice Badaro para actualizar la prestación básica universal y rechazó aplicar el índice establecido por la ley 27.426 con carácter retroactivo.

Inconstitucionalidad Seguridad social Indice de actualizacion Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Prestacion basica universal.


¿Quién es el actor?

Carlos Díaz

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de La Plata modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, ordenando que los haberes entre el 1/7/2017 y 28/12/2017 se reajusten conforme a la ley 26.417. Respecto a la Prestación Básica Universal, ordenó su actualización según el índice Badaro (salarios INDEC) hasta 2006 y luego aumentos generales de ley. Fundamentos principales:
- La ley 27.426 no puede aplicarse retroactivamente al período regido por la ley 26.417, afectando la garantía constitucional de movilidad jubilatoria.
- Es el Congreso quien debe establecer el índice para actualización de salarios computables, por lo que no corresponde aplicar el índice "Elliff" dispuesto por la Corte.
- Respecto a la PBU, corresponde aplicar el índice Badaro y posteriores aumentos, siguiendo los precedentes de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

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