ACOSTA JUAN ANTONIO Y OTROS c/ EST NAC MIN DE JUST Y DDHH SERV PEN FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Trabajadores militares y civiles de las Fuerzas Armadas reclaman incorporación de aumentos salariales en el haber de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma que los aumentos deben reflejarse en los haberes pasivos.
- Actores: ACOSTA JUAN ANTONIO Y OTROS
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
- SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por incorporación en el haber de retiro de los aumentos instituidos por el decreto 243/15 y sus modificatorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó que los aumentos salariales deben reflejarse en los haberes del personal en pasividad, por tener carácter remunerativo y bonificable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal dejó sentado su criterio respecto a la naturaleza y alcance de dichos incrementos en autos "Barros Raúl Arturo c/ Estado Nacional y otros s/Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg."
- Expte. Nº 26348/16, mediante sentencia definitiva de fecha 11 de agosto de 2020, a cuyos fundamentos y consideraciones cabe aquí remitirse por razones de brevedad, donde, en síntesis, se concluyó que revisten carácter "remunerativo" y "bonificable", y por ello deben ser reflejados en los haberes del personal en pasividad."
"En similar sentido decidió el Máximo Tribunal en autos "Gines, Juan Carlos c/ EN – M Justicia
- SPF s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.", mediante sentencia del 21/06/22."
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