BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES c/ EN-M ECONOMIA-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 7543962/22 - DISP 643/19) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
El Banco de la Ciudad de Buenos Aires interpuso recurso directo contra la sanción de multa aplicada por infracción a la Ley de Defensa del Consumidor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Ciudad de Buenos Aires
Demandado: Ministerio de Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo
Objeto: Recurso directo contra sanción de multa por infracción al artículo 37 de la Ley de Defensa del Consumidor.
Decisión: La Cámara confirmó la disposición que impuso la sanción de multa de $90.000 al Banco por contener una cláusula abusiva en las bases y condiciones del programa "a puntos de volar".
La Cámara consideró que el programa "a puntos de volar" constituye un contrato conexo a los servicios bancarios prestados por el Banco, por lo que resulta aplicable la Ley de Defensa del Consumidor. Asimismo, entendió que la cláusula que permitía al Banco modificar unilateralmente los medios de comunicación con los usuarios resulta abusiva, al conferir al proveedor un derecho exclusivo de interpretación y cumplimiento de las condiciones contractuales.
Por otro lado, la Cámara consideró que la autoridad administrativa no incurrió en exceso al determinar el monto de la multa, el cual fue fijado conforme a los criterios legales de graduación.
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