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ENRE c/ EDESUR SA s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios en un proceso de ejecución entre el ENRE y EDESUR.

Honorarios Edesur Regulacion Proceso de ejecucion Enre Camara contencioso administrativa federal.


¿Quién es el actor?

ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)

¿A quién se demanda?

EDESUR

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la regulación de honorarios practicada en primera instancia. Fija los honorarios de los letrados intervinientes de la siguiente manera: a) Dres. Sergio Enrique Víctor Bergoglio y Enrique Mario Sosa: $2.953.937,70 cada uno por la primera etapa; b) Dr. José Antonio Piazza: $11.853.002,70 por la primera y segunda etapa; c) Dr. Rubén Hernán Veron: $1.968.831,90 por la primera etapa. Además, fija los honorarios del Dr. José Antonio Piazza por la incidencia resuelta en $1.379.700. Todos los montos a cargo de la demandada EDESUR.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara modifica la regulación previa en base a la "naturaleza del proceso, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia, por la dirección letrada y representación legal de la parte actora".
- Se aclara que los montos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado adicionalmente por la demandada.

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