ACUÑA ARCE, JUAN MARCELO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad física del 7,62% de la total obrera, pero rechazó el reclamo por incapacidad psicológica.
Indemnización por accidente in itinere sufrido el 02/12/2022 que le generó una incapacidad física del 7,62%.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó el monto de la indemnización en $1.692.563,28, pero rechazó la incapacidad psicológica reclamada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La pericia psicológica determinó que el actor no presentaba indicadores de daño psíquico.
- El IBM debe calcularse tomando como base el índice RIPTE del mes del accidente (diciembre 2022) y no el del mes de la sentencia (enero 2025).
- Declaró la inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación y dispuso la actualización del crédito por IPC más 3% anual de interés.
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