SCHROEDER, DANIELA NOEMI c/ ENRIQUE MARTIN ROSSI S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto contra su exempleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
- Actora: Daniela Noemí Schroeder
- Demandados: Enrique Martin Rossi S.A. y Laboratorio Hidalgo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido indirecto, con pretensiones salariales, indemnizatorias y sancionatorias.
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó que el despido indirecto de la actora estuvo justificado, ya que la demandada no respondió la intimación en el plazo legal y no citó correctamente a la actora a control médico.
- Se modificó la sentencia respecto a la indemnización del art. 80 LCT, rechazándose por una interpretación mayoritaria del tribunal.
- Se confirmó la condena a la entrega del certificado de trabajo.
- Se modificó el criterio de actualización de los créditos, aplicando IPC e interés compensatorio.
- Se confirmó la condena solidaria a Enrique Martin Rossi S.A. como adquirente de Laboratorio Hidalgo S.A.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora acreditó las ausencias por enfermedad mediante certificados médicos válidos. La demandada no probó haber citado correctamente a la actora a control médico.
- La interpretación mayoritaria del tribunal es que la intimación del art. 80 LCT sólo es válida después de transcurridos 30 días del distracto, por lo cual se rechazó este reclamo.
- Corresponde aplicar actualización por IPC e interés compensatorio a los créditos laborales, de conformidad con la doctrina de la CSJN.
- Enrique Martin Rossi S.A. adquirió Laboratorio Hidalgo S.A. y por ende debe responder solidariamente por las obligaciones laborales.
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