AMARILLA GAS SA c/ EN-M HACIENDA-SECRETARIA ENERGIA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La empresa Amarilla Gas SA promovió demanda contra el Ministerio de Hacienda -Secretaría de Energía buscando que se declare la omisión del Estado en el cumplimiento de la obligación de fijar semestralmente el precio de referencia del Gas Licuado de Petróleo. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción declarativa por considerar que no existía un estado de incertidumbre ni un perjuicio actual que justificaran la vía elegida.
¿Quién es el actor?
Amarilla Gas SA
¿A quién se demanda?
Ministerio de Hacienda
- Secretaría de Energía
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtener una sentencia declarativa que cese el estado de incertidumbre sobre la obligación de fijar semestralmente el precio de referencia del Gas Licuado de Petróleo (GLP) y garantizar la igualdad de condiciones para las empresas del sector.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la demanda. El tribunal consideró que no se configuraban los requisitos de la acción declarativa, ya que la empresa actora demostró tener certeza sobre las normas aplicables y no acreditó un perjuicio actual o inminente que justificara la vía elegida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la procedencia de la acción declarativa se requiere: a) existencia de un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidad de una relación jurídica; b) existencia de un perjuicio o lesión actual o inminente; c) inexistencia de otra vía legal idónea.
- En el caso, la empresa no demostró la existencia de un estado de incertidumbre, ya que conocía la normativa aplicable (arts. 7, 10 y 34 de la Ley N° 26.020).
- Tampoco acreditó la existencia de un perjuicio actual o inminente, ya que no probó los reales costos económicos de su actividad ni el perjuicio que le genera la fijación de un precio único de referencia.
- Además, la acción declarativa no era la vía idónea, ya que la pretensión de la empresa podía haber sido planteada a través de una sentencia de condena.
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