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GARCIA, MARIA JULIETA c/ ASOCIACION MUTUALSANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió demanda de amparo para obtener la cobertura integral de leche medicamentosa para su hijo menor. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que ordenó a la demandada dar cobertura del 100% de la leche prescripta por el médico tratante.

Derecho a la salud Amparo Obras sociales Prescripcion medica Leche medicamentosa Interes superior del nino. Reflujo gastroesofagico

Cobertura integral de leche medicamentosa Nutrilon A.R. 2,5 (5 latas de 800 grs) prescripta por médicos tratantes para su hijo menor con diagnóstico de Reflujo Gastroesofágico (RGE).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a la demandada brindar la cobertura del 100% de la leche medicamentosa indicada por los médicos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El derecho a la salud de los niños, de rango constitucional, debe prevalecer por sobre cualquier otro interés.
- La ley 27.305 establece la obligación de las obras sociales de brindar cobertura integral de leche medicamentosa para patologías como la del niño.
- Los médicos tratantes son quienes deben determinar la prestación necesaria, sin limitarse a los topes fijados normativamente.
- No se acreditaron razones para apartarse de la condena en costas a la obra social vencida.

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