CARTAGENA CALIZAYA, MARISABEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora interpuso demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ajustó el cálculo del ingreso base mensual y la tasa de interés aplicable.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Recalculó el ingreso base mensual considerando la actualización por RIPTE y aplicó una tasa de interés con IPC más 3% anual.
Los principales fundamentos fueron:
- Respecto al ingreso base mensual, la judicante consideró que la actualización por RIPTE debía hacerse sobre el ingreso base a la fecha del accidente, conforme lo previsto en el art. 12 de la Ley 24.557. Realizó el cálculo correspondiente.
- En cuanto a la tasa de interés, declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de una tasa diferenciada para accidentes anteriores y posteriores a la Ley 27.348, por considerar que implicaba un trato desigual. Resolvió aplicar IPC más 3% anual, tal como lo había establecido la Sala en precedentes recientes.
- Dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de primera instancia para determinarlas en forma originaria.
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